LEY ORGANICA DE PARTICIPACION CIUDADANA
Art. 1.- Objeto.- La presente Ley tiene por objeto propiciar, fomentar y garantizar el ejercicio de los derechos de participación de las ciudadanas y los ciudadanos, colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatoriano y montubio, y demás formas de organización lícitas, de manera protagónica, en la toma de decisiones que corresponda, la organización colectiva autónoma y la vigencia de las formas de gestión pública con el concurso de la ciudadanía; instituir instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de deliberación pública entre el Estado, en sus diferentes niveles de gobierno, y la sociedad, para el seguimiento de las políticas públicas y la prestación de servicios públicos; fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión; y, sentar las bases para el funcionamiento de la democracia participativa, así como, de las iniciativas de rendición de cuentas y control social.
SISTEMA POLÍTICO INSTITUCIONAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL VIGENTES O EXISTENTES EN EL GOBIERNO AUTÓMO DESCENTRALIZADO, ASÍ COMO EL MARCO LEGAL VIGENTE
El GAD parroquial de Ancon de Sardina cuenta con el Plan de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del año 2012 el mismo que ha sido considerado hasta el 2021, sin embargo, se evidencia claramente que muchos de los proyectos contemplados en dicho plan no han sido ejecutados hasta el momento, El POA (Plan Operativo Anual es otro de los instrumentos de planificación con los que cuenta el GAD parroquial, el mismo que ha sido elaborado teniendo como referencia el PD y OT vigente.